Feliciana Echave Artola nació el 13 de enero de 1897 en Zeberio, Bizkaia. Era hija de Ignacio Echave y María Juana Artola. Estaba casada con Antolín Artiñano Garabieta y tenía al menos una hija, Carmen Artiñano Echave. Trabajaba como ama de casa y residía en el barrio de Olabeaga de Bilbao, concretamente en la calle de la Troca, nº 3-2ª.

Poco antes de la conquista de Bilbao Feliciana Echave huyó hacia Santander, y cuando ésta fue ocupada por las tropas franquistas partió hacia Gijón. Tras la ocupación de la capital asturiana se trasladó a Valladolid, donde trabajó como planchadora.

Fue detenida en Valladolid a finales de  diciembre de 1937 junto con Santiago Alonso Sánchez, natural de la ciudad y de 35 años. Sus arrestos se produjeron tras la denuncia de un vecino suyo que fue interpuesta en Bilbao el 28 de diciembre. Éste manifestó ante la Guardia de Asalto que “el 16 de junio de 1937 se presentaron en su domicilio un grupo de milicianos, acompañados de Feliciana Artola y otra mujer; los cuales procedieron al registro del mencionado chalet, alegando que desde él se habían hecho disparos. Por denuncia de la mencionada Feliciana, deteniendo a todos los hombres que en él había. A estos señores les encerraron en una habitación, donde procedieron a darles muerte a tiros, resultando muertos cuatro de ellos y uno herido grave”. Además afirmó que “el denunciante presenció cómo Feliciana firmaba a los guardias una denuncia que éstos presentaron para legalizar los hechos”. También denunció que tras los asesinatos la casa fue desvalijada y “la mayoría de cuyo contenido se llevó la Feliciana”. Por último afirmó que tras huir de Gijón, la acusada se encontraba trabajando en Valladolid.

Tras su detención ambos fueron inmediatamente trasladados a las dependencias del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia de Bilbao.

La casa de la detenida fue registrada por la policía el 31 de diciembre de 1937, en presencia de su marido, su hermana Bonifacia y su hija. Según el acta levantada por los agentes en la casa se encontraron varias prendas propiedad de la mujer que vivía en el chalet asaltado por los milicianos en junio de 1937.

Ese mismo día Feliciana fue interrogada por los agentes, manifestando que al ser preguntada por unos milicianos asturianos de dónde partían unos disparos, ella les informó que procedían del chalet de los Sres. Mieg. La ropa encontrada por los agentes afirmó que era de su propiedad y la que llevaba en Valladolid la había comprado en Santander. Por su parte, Santiago Alonso Sánchez negó que tuviese ninguna relación con Feliciana, sino que había estado hospedado en su casa y que marcharon a Valladolid “por miedo, pensando que los iban a detener”.

Las acusaciones más graves fueron manifestadas por la hermana y el marido de Feliciana, Bonifacia y Antolín. La primera dijo que “por desgracia sabe que es mala persona, viviendo maritalmente con Santiago Alonso, dejando a su marido abandonado, siendo éste muy buena persona. Según tiene noticias esta pareja vestidos de milicianos se han dedicado durante el dominio rojo a requisar varias cosas, lo mismo comestibles como objetos (…) Que recuerda haber oído a la vecindad decir que la Feliciana es culpable de los hechos”. Su marido también informó “que está viviendo maritalmente con Santiago Alonso, los cuales se han dedicado a cometer pillaje y que en varias ocasiones le faltó de casa por espacio de meses y sabiendo que estaba arrimando durante este tiempo”. También manifestó que parte del mobiliario de su casa no era de su propiedad, “que entró sin haber visto quién lo llevó, suponiendo que lo mandaron su esposa y el citado Santiago Alonso.”

El 1 de enero de 1938 fue recluida en la cárcel de mujeres de Orue, situada en el barrio de Begoña.

El 18 de febrero de 1938 el fiscal solicitó la pena de muerte para Feliciana Echave, acusada de informar a milicianos asturianos que desde el chalet del Sr. Mieg se estaba disparando, “de instigar a que fueran al referido chalet y mataran a los mismos, saqueando posteriormente la casa y llevándose una porción de la plata y ropas”. La pena solicitada para Santiago Alonso fue la de reclusión perpetua, por “vivir maritalmente con la anterior procesada, acompañarla a los saqueos en que intervenía y haber estado de miliciano voluntario”.

El juzgado militar falló el 9 de marzo de 1938 condenando a muerte a Feliciana y a 20 años de prisión a Santiago. El 9 de julio el jefe del Estado se dio por enterado de la pena de muerte, por lo que ésta no fue conmutada.

A las 06:00 de la mañana del 26 de agosto de 1938 Feliciana Echave Artola fue fusilada en el cementerio de Derio.

Santiago Alonso recuperó la libertad condicional el 18 de septiembre de 1941 y tras salir de la Prisión Central de Astorga se trasladó a vivir a Bilbao.


Aritz Ipiña Bidaurrazaga